Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 15090/11 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Desaféctase de la zona UE uso específico, dispuesta por la Ordenanza 10.832, a la parcela rural 274b, de la Circunscripción IV perteneciente a la localidad de William Morris, delimitado por la calle Paso Morales, Av. Cnel. J. de San Martín y la Autopista del Buen Ayre.

Art. 2°: Se designa al sector delimitado en el art. 1 como zona I industrial 1, ZI1 apta para futuro agrupamiento industrial planificado.

Art. 3°: Asígnase a la Zona Industrial 1, los siguientes indicadores urbanos, cuya aplicación será obligatoria en todos los casos en que no se apliquen normas provinciales que establezcan otros usos.

F.O.S. 0,6

F.O.T. 1,2

Altura máxima 12m

Retiro: 5m

Coeficiente de Absorción del Suelo CAS, 0,2

Uso predominante: A efecto de la Grilla Gral. de Usos los usos se asimilan a los previstos para la zona I industrial, por la Ordenanza 10.832. Admite agrupamiento industrial planificado.

Uso complementario: depósito, comedor de personal, seguridad, comunicaciones, puesto de emergencia, incendio, deportivo y otros servicios afines a los procesos de industrialización.

Parcela mínima 40m de frente y superficie 2000 m2

Art. 4º: Se fija como equivalencia entre las zonas establecidas por el Decreto Reglamentario 1741/96 (art. 40°) y las contenidas en las normas urbanísticas municipales vigentes para la zona ZI1 a los fines de su categorización: Zona D industrial exclusiva.

Art. 5º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de diciembre de dos mil once.

REGISTRADA BAJO EL N° 7339.

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