Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 1288/97 H.C.D.

VISTO:

La trágica muerte acaecida al reportero de prensa José Luis Cabezas, el día 25 de enero ppdo., y

CONSIDERANDO:

Que, la misma fue un asesinato que impactó en la sociedad, no sólo por tratarse de un hombre de prensa, sino porque el hecho en sí, ha creado en la comunidad un sentimiento de inseguridad ante situaciones como ésta.

Que frente a este acto, como a cualquiera de ésta naturaleza, la ciudadanía se siente afectada y por lo mismo produce una reacción en conjunto para reclamar JUSTICIA Y NO A LA IMPUNIDAD, a los responsables de la seguridad y la protección de las personas.

Que, asimismo, las entidades oficiales y privadas de Derechos Humanos han asumido el reclamo por el esclarecimiento total de este aberrante hecho, con el consiguiente juicio y castigo a los culpables.

Que, este Honorable Concejo Deliberante, oportunamente sancionó el Decreto Nro. 050/96, por el que se creó la Comisión Permanente de Derechos Humanos, con el fin de institucionalizar la participación del H. Cuerpo de cara a la sociedad.

Que, por lo tanto, es conducente emitir el pensamiento de todos los miembros del H.C.D., a fin de solidarizarse con la familia y los medios de prensa en general y exigir a los organismos competentes produzcan las acciones que conduzcan a la resolución de este tema.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1º : Los miembros del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, repudian el asesinato del Reportero de Prensa, JOSE LUIS CABEZAS, acaecido en la madrugada del día 25 de enero de 1997.

Art. 2º : El Señor Presidente del H. Concejo Deliberante, se dirigirá al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, al Sr. Jefe de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, a la Comisión Permanente de Derechos Humanos de la República Argentina, a fin de solicitar el esclarecimiento total de este hecho.

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE HURLINGHAM

Art. 3º: En función del artículo 1º, el Sr. Presidente se dirigirá por medio de la Prensa nacional y distrital, a la esposa del extinto y a sus compañeros de tareas, para hacerles llegar sus condolencias y repudio por este hecho.

Art. 4º: Comuníquese, regístrese y archívese.

Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de febrero de mil novecientos noventa y siete.

REGISTRADO BAJO EL Nº 0001/97.

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