Cde. Expte. N° 14219/09 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Autorízase al D.E. a desistir del Juicio de Apremio iniciado a la peticionante, Sra. Rosinda Quiñel, D.N.I. 1.556.114, según constancias obrantes a fs. 31 del Expte. N° 14219/09 H.C.D., (4133-08-1126 D.E.).
Art. 2°: Quedan a cargo de la peticionante el pago de las Costas y Costos de la Acción Judicial iniciada.
Art. 3°: Condónase del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida Nº 101.107, a la peticionante, Sra. Rosinda Quiñel, D.N.I. 1.556.114, según el monto que se desprende a fs. 29 del Expte. Nº 14219/09 H.C.D., (4133-08-1126 D.E.). Si la peticionante ha realizado pagos dentro del período que se ha condonado, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos.
Art. 4°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de julio de dos mil doce.
REGISTRADA BAJO EL N° 7488.