Cde. Expte. N° 15870/13 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación e instalación de Establecimiento Industrial, a favor de la peticionante, Sra. María Clotilde Jato, D.N.I. 93.205.654, para la explotación del rubro “Industria Química” en el domicilio identificado catastralmente como: Circunscripción IV; Sección C; Quinta 6; Manzana 6g; Parcelas 5a (formada por la 5, 6, 7 y 8), 12a (formada por la 12, 13, 14 y 15), 16a (formada por la 16 y 17), 18, 19, 20, 21, 22, 23a (formada por la 23, 24, 25 y 26) y 27.
Art. 2°: La industria deberá cumplir con todos los requisitos técnicos y legales para la aprobación de habilitación, reuniendo todo lo normado en las leyes nacionales, provinciales y municipales. Entre los requisitos, deberá observarse especialmente, todo lo relacionado al cuidado del medio ambiente, cumpliendo con las normas de seguridad en cada una de las etapas del proceso de producción y tratado de todos los desechos líquidos y/o gaseosos.
Art. 3°: Las parcelas mencionadas en el art. 1° deberán ser unificadas para la presentación de plano de obra.
Art. 4°: Lo dispuesto en los artículos anteriores se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 15870/13 H.C.D., (4133-13-2069 D.E.).
Art. 5°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 6º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 7º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Ordinaria, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil trece.
REGISTRADA BAJO EL N° 7972.