Cde. Expte. Nº 15621/13 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Autorízase al D.E. a conceder registración de plano obrante a fs. 77, 78 y 79, de acuerdo a lo solicitado en las presentes actuaciones, a favor de la entidad peticionante, Sociedad Escolar y Cultural Roca, de la construcción civil sobre el predio ubicado en la calle Tte. Gral. P. Richieri N° 941/961/971 y Necochea N° 1059, de la localidad y Partido de Hurlingham, identificado catastralmente como: Circunscripción IV; Sección C; Quinta 5; Parcela 10A. Al momento de extender el Certificado de Final de Obra, exigir el cumplimiento de plano conforme a obra y el Certificado Antisiniestral de Bomberos de la Provincia de Buenos Aires.
Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo primero se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 15621/13 H.C.D., (4133-13-0312 D.E.).
Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 4°: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la entidad peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Ordinaria, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil trece.
REGISTRADA BAJO EL N° 7973.