Cde. Expte. Nº 15890/14 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Autorízase al D.E. a conceder registración de plano obrante a fs. 90, de acuerdo a lo solicitado en las presentes actuaciones, a favor de los peticionantes, Hurlingroup S.R.L. y Sr. Eduardo Ángel Cagnoli, D.N.I. 8.400.179, Sr. Javier Antonio Martínez, D.N.I. 22.531.686, Sr. Antonio Martínez Corral, C.I. 3.840.744 y Sra. Stella Maris Luscialdo, D.N.I. 10.900.849, de la construcción civil sobre el predio ubicado en la calle Av. Vergara N° 4102/08/10/12/14/16 esquina Argerich N° 1307/09/11/17/19/23 de la localidad de Hurlingham, Partido del mismo nombre, identificado catastralmente como: Circunscripción IV; Sección E; Manzana 237; Parcela 12 E, U.F. 1, 7, 8, 9 y 10. Previo a dicha autorización, los peticionantes deberán agregar a las actuaciones un Certificado de Autoridad competente de Remediación de Suelo por los tanques de combustibles que alguna vez existieron.
Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo primero se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 15890/14 H.C.D., (4133-13-2028 D.E.).
Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 4°: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a los peticionantes de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Ordinaria, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil catorce.
REGISTRADA BAJO EL N° 8002.