Cde. Expte. Nº 15956/14 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a otorgar habilitación comercial, a favor de la firma peticionante, Adriguel S.A., para la explotación del rubro Depósito y Venta por Mayor y Menor de Quesos, Embutidos y Comestibles Envasados en el local sito en la Av. Roca N° 2232/36, de la localidad de W. C. Morris, Partido de Hurlingham, identificado catastralmente como: Circunscripción IV; Sección B; Manzana 67; Parcela 5. La actividad de carga y descarga deberá realizarse exclusivamente en la superficie interna del inmueble demarcado en el plano obrante a fs. 11 como carga y descarga.
Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 15956/14 H.C.D., (4133-13-1295 D.E.).
Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la firma peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Ordinaria, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil catorce.
REGISTRADA BAJO EL N° 8044.