Cde. Expte. Nº 0747/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: El D.E. procederá a otorgar habilitación a favor del Sr. Rubén Hugo Orosco D.N.I. 16.379.546, de la playa de estacionamiento para agencia de remis, sita en la calle Alvar Nuñez Nº 54, entre Camargo y S. Sweig de la ciudad de Santos Tesei, Partido de Hurlingham.
Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales que rigen en la materia y según constancias obrantes en el expediente Nº 0747/96 H.C.D. (4133-5909-96 D.E.).
Art. 3º: La habilitación que se otorga por el artículo 1º, está condicionada al pertinente trámite y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente. En caso de incumplimiento caducarán automáticamente todos los derechos que la misma confiere.
Art. 4º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante que deberá proceder a la habilitación de la agencia respectiva en los términos correspondientes.
Art. 5º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0272.