Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 16065/14 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D.E. a fijar las Tarifas del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, para el ámbito del Partido de Hurlingham, conforme lo establece el Art. 62 de la Ordenanza Nº 10447 en la siguiente escala:

Bajada de Bandera que incluye:
Viaje mínimo de hasta 1300 mts. $ 26,00
Por casa 120 mts. recorridos $ 1,10
Hora de espera $ 66,00

Art. 2°: El reloj taxímetro comenzará a funcionar para los $ 1,10 cada 120 mts. a partir de los 1300 mts. de haber iniciado el viaje.

Art. 3°: Derógase la Ordenanza N° 8071.

Art. 4°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Ordinaria, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil catorce.

REGISTRADA BAJO EL N° 8164.

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