Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 15125/11 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Exímese a la entidad peticionante, Asociación Civil Hurling Club, del pago del 100 % de los Derechos de Construcción, de las superficies indicadas en plano obrante a fs. 124, de acuerdo a lo solicitado a fs. 127 de las presentes actuaciones, de la obra sita en la Av. Cnel. José de San Martín N° 5415, de la localidad y Partido de Hurlingham, identificado catastralmente como: Circunscripción IV; Sección A; Quinta 2; Parcela 4a.

Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo primero se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 15125/11 H.C.D., (4133-11-1300 D.E.).

Art. 3°: Autorízase al D.E. a desglosar las fojas que pudieran corresponder del presente expediente para la prosecución del trámite, debiendo incorporar copia fiel de las fojas que se extraigan.

Art. 4°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Ordinaria, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil quince.

REGISTRADA BAJO EL N° 8276.

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