Cde. Expte. Nº 15125/11 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Exímese a la entidad peticionante, Asociación Civil Hurling Club, del pago del 100 % de los Derechos de Construcción, de las superficies indicadas en plano obrante a fs. 124, de acuerdo a lo solicitado a fs. 127 de las presentes actuaciones, de la obra sita en la Av. Cnel. José de San Martín N° 5415, de la localidad y Partido de Hurlingham, identificado catastralmente como: Circunscripción IV; Sección A; Quinta 2; Parcela 4a.
Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo primero se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 15125/11 H.C.D., (4133-11-1300 D.E.).
Art. 3°: Autorízase al D.E. a desglosar las fojas que pudieran corresponder del presente expediente para la prosecución del trámite, debiendo incorporar copia fiel de las fojas que se extraigan.
Art. 4°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Ordinaria, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil quince.
REGISTRADA BAJO EL N° 8276.