Cde. Expte. Nº 15224/11 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Autorízase al D.E. a conceder habilitación comercial a favor del peticionante, Sr. Omar Humberto Fernández, D.N.I. 16.103.469, para la explotación del Rubro: “Fabricación de Bobinas Eléctricas, Electromecánica Industrial”, en el local sito en la Av. Pedro Díaz 1343 de la localidad y Partido de Hurlingham, identificado catastralmente como: Circunscripción IV; Sección E; Manzana 385; Parcela 16.
Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo primero se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 15224/11 H.C.D., (4133-07-1860 D.E.),
Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 4°: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Ordinaria, a los veinticuatro días del mes de julio de dos mil quince.
REGISTRADA BAJO EL N° 8349.