Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 15224/11 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase al D.E. a conceder habilitación comercial a favor del peticionante, Sr. Omar Humberto Fernández, D.N.I. 16.103.469, para la explotación del Rubro: “Fabricación de Bobinas Eléctricas, Electromecánica Industrial”, en el local sito en la Av. Pedro Díaz 1343 de la localidad y Partido de Hurlingham, identificado catastralmente como: Circunscripción IV; Sección E; Manzana 385; Parcela 16.

Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo primero se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 15224/11 H.C.D., (4133-07-1860 D.E.),

Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.

Art. 4°: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar al peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.

Art. 5°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Ordinaria, a los veinticuatro días del mes de julio de dos mil quince.

REGISTRADA BAJO EL N° 8349.

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