Cde. Expte. Nº 16298/15 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Autorízase al D.E. a conceder registración de plano obrante a fs. 29 y 30, de acuerdo a lo solicitado en las presentes actuaciones, a favor de la Entidad peticionante, Instituto Cultural Roca – Sociedad Escolar y Cultural Roca, de la construcción civil sobre el predio ubicado en la calle O´Higgins 1068, de la localidad y Partido de Hurlingham, identificado catastralmente como: Circunscripción IV; Sección C; Quinta 5; Parcela 15a.
Art. 2º: Lo dispuesto en el artículo primero se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. Nº 16298/15 H.C.D., (4133-15-1317 D.E.).
Art. 3°: La autorización concedida en el Art. 1° está condicionada al pertinente trámite y pago de los Derechos correspondientes dentro de los 60 (sesenta) días de la notificación de la promulgación de la presente.
Art. 4°: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes, procederá a notificar a la Entidad peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 5°: Autorízase al D.E. a desglosar las fojas que pudieran corresponder del presente expediente para la prosecución del trámite, debiendo incorporar copia fiel de las fojas que se extraigan.
Art. 6°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Ordinaria, a los veinticinco días del mes de septiembre de dos mil quince.
REGISTRADA BAJO EL N° 8396.