Cde. Expte. N° 16203/15 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Condónase del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida Nº 96.120, al peticionante, Sr. Julio Enrique Godoy Doria, D.N.I. 92.403.471, según el monto que se desprende del Titulo Ejecutivo N° 10.473. Si el peticionante ha realizado pagos dentro del período que se ha condonado, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos.
Art. 2°: La presente Condonación, queda sujeta a que el D.E. desista del Juicio de Apremio iniciado al peticionante, Sr. Julio Enrique Godoy Doria, D.N.I. 92.403.471, según constancias obrantes a fs. 26 de las presentes actuaciones.
Art. 3: Por el resto de la deuda el D.E. procederá a encuadrar lo solicitado dentro de los términos establecidos por la Ordenanza 7438.
Art. 4°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Ordinaria, a los nueve días del mes de octubre de dos mil quince.
REGISTRADA BAJO EL N° 8422.