Cde. Expte. Nº 12352/06 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN
Art. 1°: Gírase al D.E. el Expte. N° 12352/06 H.C.D., (4133-06-1525 D.E.), Caratulado “Plan de regularización de construcciones Ord. 3861/04”, para que a través de los organismos competentes, proceda a:
Informar al Jardín de Infantes que deberá adjuntar toda la documentación necesaria que acredite la autorización por parte de la Provincia de Buenos Aires para funcionar como tal, como también su respectivo número de inscripción y certificado antisiniestral.
Además, deberá informar si existe compatibilidad en la variedad de destinos vivienda multifamiliar, comercio y jardín maternal con entradas y pasos comunes. Cumplido, vuelva al H.C.D.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiocho días del mes de abril de dos mil dieciséis.
REGISTRADA BAJO EL N° 021/16.