Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. N° 16553/16 H.C.D.

VISTO:

Que el libro “Yo Nena, Yo Princesa” de la autora Gabriela Mansilla, representa un material nacional inigualable para la visibilización de las personas trans, y

CONSIDERANDO:

Que, la discriminación fundada en la orientación sexual y/o la identidad de género, compromete la igualdad de derechos y de oportunidades y la dignidad de miles de ciudadanos y ciudadanas que son excluidos, relegados y hasta violentados sólo por ejercer su derecho a la libre determinación sexual y de género.

Que, la comunidad travesti, transexual y transgénero de Argentina se encuentra entre una de las poblaciones más vulneradas históricamente del país. La mayoría vive en extrema pobreza, privada de los derechos económicos, políticos, sociales y culturales ya que son expulsados/as desde niños/as de sus hogares y del ámbito escolar, quedando como única alternativa de subsistencia el ejercicio de la prostitución.

Que, de acuerdo a lo garantizado en el artículo 75, inciso 22, de la Constitución Nacional, las leyes N° 22.520 (t.o. por decreto N° 428/92) y sus modificatorias, N° 24.013 y sus modificatorias y N° 26.618, se han incorporado al ordenamiento jurídico un conjunto de tratados, declaraciones y convenciones internacionales de rango constitucional, que consagran la erradicación de toda forma de discriminación fundada en motivos de la expresión e identidad de género.

Que, a nivel nacional del 2003 al 2015 se ha dado muestras que las políticas de diversidad también son políticas de Estado al aprobar en el parlamento la ley 26.743 de derecho a la identidad de género, junto con la ley de matrimonio igualitario, la ley de reproducción médicamente asistida y el nuevo código civil. Como así también un conjunto de leyes que iniciaron un camino de ampliación de derechos, tales como la ley de salud sexual y procreación responsable, la ley de educación sexual integral y el decreto de necesidad y urgencia del plan nacional contra la discriminación.

Que, el artículo 1° inc. B de la ley de identidad de género (Ley 26743) afirma que toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género

Que, el libro “Yo Nena, Yo Princesa” de la autora Gabriela Mansilla relata una lucha por acceder a ese derecho.

Que para lograr una sociedad más igualitaria resulta de gran valor la generación de libros relacionados con la diversidad, las identidades, los modelos familiares alternativos, la equidad de género y otras representaciones y prácticas.

Que, en este sentido, Gabriela Mansilla, en una entrevista al diario Página 12, explica que la misión de su libro es ayudar a otras familias a acompañar a un hijo o hija trans desde su infancia, para alternarles un camino que ella tuvo que andar casi a ciegas. Su libro ya va por la 4ta. reimpresión, realizada por la Universidad Nacional de General Sarmiento.

Que, existen antecedentes de este reconocimiento a nivel nacional. Fue declarado de interés nacional en 2014 por el Senado de la Nación bajo el número 3961/14 y por la Cámara de Diputados de la Provincia de Chaco bajo la resolución N° 775/16. En la actualidad, otros Concejos Deliberantes también están trabajando en una declaración similar.

Que desde diciembre del 2015, el Municipio de Hurlingham ha llevado adelante acciones para lograr una sociedad más igualitaria e inclusiva, promoviendo los derechos del colectivo LGTB.

Que, este Concejo Deliberante de Hurlingham, declaró el 17 de Mayo como el Día Municipal por el Respeto a la Diversidad Sexual e Identidad de Género con el fin de visibilizar el tema a nivel local.

Que, por todo lo expuesto, se estima como acción positiva la publicación de libros como “Yo Nena, Yo Princesa” de la autora Gabriela Mansilla,

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art.1º: Declárese de interés social y cultural en el distrito de Hurlingham el libro “Yo Nena, Yo Princesa. Luana, la nena que eligió su propio nombre” de la autora Gabriela Mansilla, donde se relata su lucha por el reconocimiento del derecho a la identidad de género de su hija trans.

Art.2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de octubre de dos mil dieciséis.

REGISTRADA BAJO EL N° 139/16.

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