Cde. Expte. Nº 16699/17 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: La Municipalidad de Hurlingham adhiere en todos sus términos, a la Ley Provincial 14547.
Art. 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a publicar edictos en los diarios de circulación local y en el BOLENTIN OFICIAL durante un día, intimando por el plazo de 15 días para que los titulares de los vehículos que se encuentren en dependencias municipales se presentes ante los Juzgados de Faltas de nuestra ciudad, con documentación fehaciente que acredite derechos sobre los mismos para poder retirarlos. Asimismo, se lo faculta a iniciar los procesos de afectación, subasta o compactación previstos en la Ley.
Art. 3°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a firmar los convenios, gestiones y/o adhesiones pertinentes para llevar a cabo el procedimiento de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Vehículos y chatarra, incluso aquellos establecidos en el programa PRO.NA.COM conforme Ley N° 26348.
Art. 4°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Extraordinaria, a los veintitrés días del mes de marzo de dos mil diecisiete.
REGISTRADA BAJO EL N° 8598.