Cde. Expte. N° 17042/18 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Art. 1°: Convalídese el Contrato de Comodato celebrado entre la Municipalidad de Hurlingham y el Obispado de Morón que tiene por objeto la entrega en Comodato al Municipio de Hurlingham del inmueble sito en la calle Menéndez entre Villegas y Calabria S/Nº del Partido de Hurlingham, Provincia de Buenos Aires, ubicado catastralmente en Circunscripción: IV; Sección: B; Manzana: 28; Parcela: 14; para ser destinado al CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL “LA DIVINA PROVIDENCIA”, cuya copia fiel obra a fs. 2/3 del Expediente Nª 17042/18 H.C.D., (4133-18-2572 D.E.).
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los nueve días del mes de agosto de dos mil dieciocho.
REGISTRADA BAJO EL N° 8812.