Cde. Expte. N° 17093/18 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Autorízase al D.E. a la suscripción del Convenio “Casa de Abrigo” con el organismo Provincial de Niñez y Adolescencia del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, el que se regirá por las clausulas establecidas y que obran en el Expte. N° 17093/18 H.C.D., (4133-18-2895 D.E.)
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los ocho días del mes de noviembre de dos mil dieciocho.
REGISTRADA BAJO EL N° 8862.