Cde. Expte. Nº 16967/18 H.C.D.
VISTO:
Que el decreto 52/2018 emitido por el Gobierno Nacional, que elimina la Paritaria Nacional Docente; y
CONSIDERANDO:
Que, la Paritaria Nacional Docente fue instituida por el Art. 10 de la Ley de Financiamiento Educativo N° 26075/06 y reglamentada por el Decreto N°457/07, que establece las pautas en relación al convenio marco mencionado.
Que, desde 2008, año en que se realizó la primera paritaria nacional docente en la historia del país, desde el Poder Ejecutivo Nacional se convocó todos los años a la apertura de paritarias como marco para la discusión del salario y las condiciones del trabajo docente.
Que, la paritaria nacional es una herramienta de la democratización de las relaciones laborales de la actividad docente, que permite establecer un piso de igualdad salarial para todos los trabajadores de la educación en nuestro país; y su ausencia fragmenta la negociación por parte del gobierno de la Provincia de Buenos Aires, con las consecuencias ya conocidas.
Que, el decreto mencionado ut supra elimina al Ministerio de Trabajo de la Nación como autoridad de aplicación y erige en su lugar al Ministerio de Educación contrariando competencias institucionales, violando principios y fundamentos de la ley Nº 26.075, normas del artículo 14 Bis de la C.N., así como también normativa internacional de la OIT, lo cual lo torna nulo, inconstitucional, arbitrario y ya fue denunciado ante los organismos correspondientes.
Que, previo a la emisión de tal decreto, no se realizó consulta alguna con las centrales de trabajadores de educación en su emisión.
Que, el artículo 3° deja desamparados a las y los trabajadores de gestión privada ya que elimina la participación de los sindicatos que los representan haciendo referencia a las cámaras privadas con las que debiera negociarse.
Que, la ausencia de respuesta ante la derogación de la convocatoria a la paritaria nacional docente, la existencia de los techos salariales, la fragmentación de hecho del sistema educativo, el avance de la mercantilización en educación, el cierre de los programas “Argentina Trabaja” y “Ellas Hacen” y Programa Conectar Igualdad, el cierre de los Institutos de Formación Docentes, el ajuste en distintas áreas como Infraestructura, SAE, y programas socio -educativos no representan hechos aislados, sino que se encuadran en un ataque permanente a la educación pública.
Que, frente a esta situación el 21 de mayo comenzará “La Segunda Marcha Federal” la cual partirá desde distintos puntos del país y culminará el miércoles 23 con un paro nacional y concentración en Plaza de Mayo.
Que, el plan de acción incluye el reclamo de la convocatoria a la paritaria nacional docente, contra los techos salariales (Salarios dignos), por la resolución de los conflictos provinciales, por una nueva Ley de Financiamiento Educativo, y en defensa de los institutos superiores, entre otras cuestiones.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1°: Expresar su repudio al Decreto 52/2018 firmado por el Presidente Mauricio Macri, A. Finochiaro – Ministro de Educación – y Alberto Triacca – Ministro de Trabajo -.
Art. 2°: Expresar nuestro apoyo y acompañamiento a la demanda del sector docente en la “Segunda Marcha Federal” que culminará el miércoles 23 con un paro nacional y Concentración en Plaza de Mayo.
Art. 3°: Invitar a todos los municipios del país a expresarse en este sentido.
Art. 4°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veinticuatro días del mes de mayo de dos mil dieciocho.
REGISTRADA BAJO EL N° 032/18.