Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. Nº17254/19 H.C.D.

VISTO:

La aprobación por parte del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) de un plan de reorganización del organismo que fusiona tres Institutos para la Agricultura Familiar (IPAF) y doce Agencias de Extensión Rural; y

CONSIDERANDO:

Que en el mes de marzo se anunció la decisión del Consejo Directivo del INTA de reorganizar el organismo a través de una serie de medidas que implican de hecho una reducción de la estructura;

Que mediante esa reestructuración tres de los cinco IPAFs existentes (el de NEA, ubicado en Formosa; el de Cuyo, ubicado en San Juan; y el de Patagonia, ubicado en Neuquén) se degradan a “áreas de investigación” que dependerán de los Centros Regionales correspondientes,

Que asimismo la reestructuración implica la disolución de doce agencias de Extensión Rural que se hallan ubicadas dentro de las Estaciones Experimentales Agropecuarias;

Que esta decisión resulta contradictoria con el objetivo enunciado por el presidente del Consejo Directivo INTA, Juan Balbín, de darle “una fuerte impronta territorial” al trabajo del organismo, toda vez que resta capacidad de acción a las estructuras que ya se encontraban de hecho en relación al territorio;

Que la agricultura familiar es una actividad clave para el desarrollo de la Argentina y para el bienestar de los sectores rurales más vulnerables, siendo necesario, por lo tanto, que dicha actividad goce de protección, fomento e impulso por parte del Estado nacional;

Que asimismo fue anunciada por el mismo Juan Balbín la voluntad de avanzar en una reducción de los puestos de gestión del organismo;

Que estos hechos se suman al desfinanciamiento que el INTA ha venido sufriendo en los años anteriores por parte del Gobierno nacional, a la reducción de personal y a la negativa a convocar a paritarias sectoriales dentro del organismo, todo lo cual impacta negativamente en su funcionamiento;

Que en los últimos días se conoció la Resolución del Juez Santiago Carrillo del Juzgado contencioso administrativo federal Nro.3 de la capital federal, quien se declaró competente para entender en el Amparo Judicial presentado por el gremio del INTA (APINTA) impulsado por la Federación de Organizaciones de la Agricultura Familiar (FONAF).

Que el INTA es una institución con más de 60 años de funcionamiento en el país y de reconocida trayectoria en la ciencia y la tecnología aplicadas a la actividad agropecuaria; y

Que dicha institución es además sumamente relevante en nuestro distrito y la región oeste en general debido a la ubicación del Centro Nacional de Investigaciones Agropecuarias;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN

Art. 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham expresa su enérgico repudio, rechazo y preocupación ante la decisión del Consejo Directivo del INTA de reducir la estructura del organismo en general y en particular el cierre de los Institutos de Investigación de la Agricultura Familiar (IPAF).

Art. 2°: Comuníquese al Ministerio de Producción y Trabajo, a la Secretaria de Agroindustria, al Consejo Directivo del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria-INTA y a la Estación Experimental AMBA.

Art. 3º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los dieciocho días del mes de julio de dos mil diecinueve.

REGISTRADA BAJO EL N° 004/19.

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