Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 1437/97

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1º: El D.E. procederá, a través de la Dirección de Entidades de Bien Público, a informar si se encuentra reconocido o en trámite de reconocimiento el denominado Club “Malvinas Argentinas”, y de ser así remitir toda la documentación pertinente.

Art. 2º: El D.E. informará si la reunión organizada por el denominado Club “Malvinas Argentinas”, (ubicado en Circ. IV, Sección E, Mza. 206, Parcela 14), el día 29-03-97 y que durara hasta las 04:00 Hs. del día subsiguiente, contaba con la autorización de los organismos municipales competentes. Cumplido, vuelvan los presentes actuados a este H.C.D.

Art. 3º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los once días del mes de abril de mil novecientos noventa y siete.

REGISTRADA BAJO EL Nº: 019/97

Ver sanción

Comments are closed.

Close Search Window