Cde. Expte. Nº 0483/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: Gírase al D.E. el Expte. Nº 0483/96 H.C.D. (4133-3394-96 D.E.), para que a través de los organismos competentes gestione ante la Secretaría de Desarrollo Institucional de la Unidad Ejecutora de Administración y Ejecución de financiamiento de Programas Sociales del Conurbano Bonaerense (Organismo de Aplicación de la ley 11.610), con el fin de que arbitre las medidas necesarias para dar efectivo cumplimiento a la Ordenanza 0033 de este H.C.D. y al Decreto Nº 163/96 obrantes a fs. 3 y 4 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este Honorable Cuerpo.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.
REGISTRADA BAJO EL Nº 046/97.