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Cde. Expte. Nº 0483/96 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1º: Gírase al D.E. el Expte. Nº 0483/96 H.C.D. (4133-3394-96 D.E.), para que a través de los organismos competentes gestione ante la Secretaría de Desarrollo Institucional de la Unidad Ejecutora de Administración y Ejecución de financiamiento de Programas Sociales del Conurbano Bonaerense (Organismo de Aplicación de la ley 11.610), con el fin de que arbitre las medidas necesarias para dar efectivo cumplimiento a la Ordenanza 0033 de este H.C.D. y al Decreto Nº 163/96 obrantes a fs. 3 y 4 de las presentes actuaciones. Cumplido, vuelva a este Honorable Cuerpo.

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

REGISTRADA BAJO EL Nº 046/97.

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