Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 17415/19 H.C.D.

VISTO:

            La Ordenanza Nº 509 y su modificatoria, Ordenanza Nº 5643, que crean la figura de ciudadano ilustre dirigida a distinguir ciudadanos del Partido de Hurlingham; y

            El ejemplo de vida, trayectoria, compromiso y militancia de nuestra vecina y compañera Odila Casella de De Pedro; y

CONSIDERANDO:

Que vivió toda su vida en Hurlingham, distrito donde también pasó sus últimos días, como vecina de Barrio Luna, lugar donde también secuestraron a su esposo Eduardo De Pedro.

Qué como muchos compañeros y compañeras fue perseguida, formando parte de una generación diezmada, y partió físicamente el pasado 10 de diciembre, paradójicamente  el Día de los Derechos Humanos.

Qué impulsó incansablemente los Derechos Humanos y fue víctima de la última dictadura cívico-militar, secuestrada el 29 de junio de 1977 y permaneció en cautiverio en la ex – ESMA  cuando apenas tenía 25 años y cursaba el segundo mes de un embarazo.

            Qué desde el comienzo de su militancia Peronista en una unidad básica en La Paternal, conoció a Eduardo,  con quien formó una familia, se casó en el año 1974 y vinieron a vivir a Hurlingham.

Qué en 2016 se convirtió en Directora de Derechos Humanos del Municipio de Hurlingham, luego de 20 años de avances y retrocesos en materia de generación de ámbitos localmente, encabezando así la primera Dirección existente en esta ciudad.

Que también promovió la señalización de la ex Subcomisaría dependiente de la Policía Bonaerense que fue utilizada para detención ilegal seguida de desaparición de personas entre marzo del 1976 y noviembre del 1977.

Qué merece un reconocimiento con la misma energía con la que se destacó en sus años de militancia política.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1°: Declarar ciudadana ilustre del Partido Hurlingham (Post Mortem) a Doña Odila Casella de De Pedro.

Art. 2°: Reconocer, homenajear, y hacer entrega de una distinción a la familia de esta ciudadana por los aportes realizados a nuestra comunidad y a la construcción de nuestra Patria.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en Sesión Especial, a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil diecinueve.

REGISTRADO BAJO EL N° 020/19.

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