Cde. Expte. N° 17821/22 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Exímese del pago del derecho de solicitud licencia de conductor, ya sea renovación o ampliación en lo que corresponde a las tasas municipales a los agentes de servicios públicos, bomberos, policías, agentes de tránsito y ambulancieros que para el cumplimiento de sus funciones conduzcan vehículos de emergencias y que residan en el partido de Hurlingham.
Art. 2°: Instrúyase a la Jefatura de Gabinete a establecer los procedimientos internos en vista corroborar la correspondencia del beneficio a las personas alcanzadas por el mismo, así como definir el alcance de las tipologías y modalidades de licencias para conducir vehículos de servicios públicos de emergencias
Art. 3°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los doce días del mes de mayo de dos mil veintidós.
REGISTRADA BAJO EL N° 9253.