Ordenanzas|

 

Cde. Expte. N° 17918/22 H.C.D.

 

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

 

 

 

ORDENANZA

 

 

Art. 1°: Condonase al pago del 100 % de la deuda por el pago de las tierras que mantienen los adjudicatarios de los barrios PROCASA I, PROCASA III y BARRIO LUNA a fin de poder realizar el trámite de escrituración conforme a la Ley N° 10.830.

 

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil veintidós.

 

REGISTRADA BAJO EL N° 9301.

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