Cde. Expte. N° 17918/22 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Condonase al pago del 100 % de la deuda por el pago de las tierras que mantienen los adjudicatarios de los barrios PROCASA I, PROCASA III y BARRIO LUNA a fin de poder realizar el trámite de escrituración conforme a la Ley N° 10.830.
Art. 2°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil veintidós.
REGISTRADA BAJO EL N° 9301.