Cde. Expte. N° 17968/22 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN
Art. 1º: El Departamento Ejecutivo deberá informar a través de las dependencias que correspondan, luego de recibido el presente, sobre el siguiente punto en relación a la falta del servicio de poda, en el barrio “Parque Johnston”, en nuestro querido Partido de Hurlingham:
– Plan de acción del área competente en estas cuestiones. Información de pasos a seguir por los vecinos, en aquellas situaciones en las cuales el árbol es de gran porte, altura, poniendo en riesgo el tendido eléctrico, a transeúntes y demás.
– Indique meses de poda y área competente.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, el primer día del mes de junio de dos mil veintitrés.
REGISTRADA BAJO EL N° 010/23.