Cde. Expte. Nº 18170/23 H.C.D.
VISTO:
Los artículos 48° y 49°, en su inciso 3°, del Reglamento Interno de este Honorable Concejo Deliberante, Y
CONSIDERANDO:
Que, existen expedientes que requieren de tratamiento por parte de este H.C.D. antes de dar por finalizado el presente año de labor legislativa,
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA
DECRETO
Art. 1º: Prorrogase el período de Sesiones Ordinarias por el término de 30 (treinta) días, según lo establecido en el Inc. 3) del artículo 68 del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) e inciso 3° del artículo 49 del Reglamento Interno de este Honorable Concejo Deliberante.
Art. 2°: Facultase a la Presidencia de este Honorable Cuerpo a establecer el o los días de Sesión a desarrollarse durante el período de prórroga establecido, en función de lo dispuesto en el artículo primero.
Art. 3°: Regístrese, Comuníquese y Archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, en sesión extraordinaria, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil veintitrés.
REGISTRADO BAJO EL N° 009/23.