Cde. Expte. N° 18239/24 H.C.D.
VISTO:
Que el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos del año 2022, fue prorrogado por el Honorable Concejo Deliberante, según Ordenanza Nº 9206; y
CONSIDERANDO:
Que la forma republicana de gobierno establece la separación de poderes, cada uno con funciones específicas y sujetos al control recíproco. En este contexto, de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Ejecutivo Municipal presentar ante el Concejo Deliberante la rendición de cuentas, tal como lo establecen los artículos 165 incisos 2 y 5.
“ARTÍCULO 165: Corresponde al Departamento Ejecutivo: 2° Presentar al Concejo antes del 1° de marzo de cada año, la rendición de cuentas sobre la percepción e inversión de los fondos de la Municipalidad, según las normas que establezca el Tribunal de Cuentas. 5° (Texto según Dec-Ley 8752/77) Presentar al Departamento Deliberativo, juntamente con la rendición de cuentas, la memoria y el balance financiero del ejercicio vencido, remitiendo al Tribunal de Cuentas y a la Dirección Provincial de Asuntos Municipales un ejemplar autenticado.”
Que de la rendición de cuentas surge que la ejecución del presupuesto del 1 de enero hasta el 10 de diciembre no cumple con lo establecido en el artículo 31 de la LOM, el cual dispone que la misma debe ajustarse a un estricto equilibrio fiscal, prohibiendo la realización de gastos sin la correspondiente asignación de recursos para su financiamiento. Cualquier desvío en la ejecución presupuestaria debe ser debidamente justificado ante el órgano competente del Poder Legislativo Municipal y aprobado por éste.
Que según consta en el acta de transmisión de autoridades suscrita el 10 de Diciembre de 2023, el Municipio enfrentaba un pasivo de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS MILLONES SETECIENTOS VEINTIÚN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 58/100 ($1.816.721.887,58), mientras que los activos disponibles para hacer frente a dicho pasivo y a los gastos futuros ascendían a PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS CON 19/100 ($ 448.892.832,19), cifra notablemente inferior que compromete la capacidad de pago de los gastos corrientes del Municipio.
Que en este mismo sentido, la falta de previsión y ejecución deficitaria del presupuesto, implicó que al cierre del ejercicio el resultado presupuestario, compuesto por la diferencia entre los recursos corrientes y de capital percibidos y los gastos corrientes y de capital devengados durante su vigencia, arrojó un resultado negativo de -$ 500.851.220,52 (PESOS QUINIENTOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 52/100) .
Que asimismo de la rendición de cuentas en tratamiento se observa el incumplimiento de la Ley 27.428 de responsabilidad fiscal, en lo que refiere a la contratación de personal por fuera del plazo permitido por esta última.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Desapruebese la Rendición de Cuentas General, Estado Económico – Financiero y demás anexos, correspondientes al Ejercicio 2023, iniciado el 1 de Enero de 2023 y finalizado el 9 de Diciembre de 2023.
Art. 2°: Apruebese la Rendición de Cuentas General, Estado Económico – Financiero y demás anexos, correspondientes al Ejercicio 2023, iniciado el 10 de Diciembre de 2023 y finalizado el 31 de Diciembre de 2023.
Art. 3°: Desapruebese las extralimitaciones presupuestarias que abarcan desde el 1 de enero de 2023 hasta el 9 de diciembre de 2023, las cuales no han sido cubiertas mediante los excedentes de recaudación y las economías de gastos.
Art. 4°: Apruebese únicamente las extralimitaciones presupuestarias que corresponden al período del 10 de diciembre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Art. 5°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil veinticuatro.
REGISTRADA BAJO EL N° 9443.