Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 18114/23 H.C.D.

 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA
ORDENANZA

Art. 1°: Condónase del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida Nº 178.619, a la peticionante, Sra. Antonia Cristina Burgueño, D.N.I. 4.071.829, según el monto que se desprende del Título Ejecutivo N° 40.426 y deuda fs. 18, hasta cuota 12/2022 y año 2023 inclusive. Si la peticionante ha realizado pagos dentro del período que se ha condonado, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos.

Art. 2°: La presente Condonación, queda sujeta a que el D.E. desista del Juicio de Apremio iniciado a la peticionante, Sra. Antonia Cristina Burgueño, D.N.I. 4.071.829, según constancias obrantes a fs. 21 de las presentes actuaciones.

Art. 3°: En caso que la peticionante hubiera omitido o falseado datos para la obtención de la exención y/o condonación de deuda que se otorga por la presente Ordenanza, tales beneficios caducarán automáticamente en oportunidad de conocerse la omisión o falsedad. En tal caso será aplicable la sanción establecida por el Art. 71 de la Ordenanza Fiscal. De haber incurrido en tal conducta no podrá acceder nuevamente al beneficio concedido por el lapso de 5 años (Conf. Art. 61) Ordenanza Fiscal.

Art. 4°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil veinticuatro.

REGISTRADA BAJO EL N° 9454.

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