Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. N° 18105/23 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

Art. 1°: Condónase del pago del 100 % de la deuda por la Tasa por Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida   Nº   14.946,   a   la   peticionante, Sra.   Alicia   Gladis Bernachea, D.N.I.   17.918.911,   según   el   monto que se desprende a fs.  22 y 23 hasta cuota 12/2022 y año 2023 inclusive.  Si la peticionante ha realizado pagos dentro del período que se ha condonado, el D.E. procederá a tomar sólo y exclusivamente las cuotas o períodos que se encuentren impagos.

Art. 2°: En caso que la peticionante hubiera omitido o falseado datos para la obtención de la exención y/o condonación de deuda que se otorga por la presente Ordenanza, tales beneficios   caducarán   automáticamente   en   oportunidad   de   conocerse   la   omisión   o falsedad.  En tal caso será aplicable la sanción establecida por el Art.  71 de la Ordenanza

Fiscal. De haber incurrido en tal conducta no podrá acceder nuevamente al beneficio concedido por el lapso de 5 años (Conf. Art. 61) Ordenanza Fiscal.

Art. 3°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiséis días del mes de junio de dos mil veinticuatro.

REGISTRADA BAJO EL N° 9462.

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