Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 18401/24 H.C.D.

VISTO:

La Ley de Movilidad Jubilatoria aprobada el 22 de agosto del corriente por el Congreso de la Nación, y las declaraciones del Presidente Javier Milei al respecto; y

CONSIDERANDO:

Que, según la estadística publicada por la Subsecretaría de Seguridad Social, las personas que cobran un ingreso mensual equivalente al haber mínimo son 2,68 millones, el 45% de los beneficiarios del sistema.

Que, para el mes de agosto el haber mínimo jubilatorio es de $225.497,54, mientras que la PUAM es de $180.398,03.

Que, según la Defensoría de la Tercera Edad, la canasta de bienes y servicios que consume un jubilado, ronda los $800.000 mensuales.

Que, según los datos del INDEC, la Canasta Básica Total (CBT) correspondiente a julio de 2024 es de $291.472 para un adulto.

Que, por consecuencia el 45% de las y los jubilados se encuentra muy por debajo de la línea de pobreza, establecida por el costo de la CBT.

Que, el proyecto votado por más de dos tercios de ambas Cámaras contempla una mejora en la fórmula de la movilidad jubilatoria, que entre otros puntos establece que el haber mínimo tiene que ser equivalente al 1,09% de la canasta alimentaria;

Que, el Presidente Javier Milei declaró y anunció que iba a vetar la Ley en su totalidad;

Que, ante el argumento del déficit fiscal esgrimido por el mandatario es menester recordar que el Gobierno decidió ampliar la partida de la Secretaría de Inteligencia del Estado en 100.000 millones de pesos, lo que representa un incremento del 878 por ciento.

Que, según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el costo fiscal de la nueva fórmula sería de 0,4% del PBI en lo que queda del año, por lo que la fórmula en sí no es fiscalmente explosiva ya que sólo aumenta las jubilaciones por la mitad del aumento del salario real, y al aumentar el salario real también debería aumentar el financiamiento disponible para el ANSES, que se basa en un impuesto al salario.

Que, a su vez, el costo que podría implicar la nueva Ley de Movilidad Jubilatoria es menor del que incurrió el Gobierno Nacional cuando envío la Ley de Bases y el Paquete fiscal que bajaron el gravamen a los Bienes Personales, el impuesto que se cobra a los más ricos.

Que, en nuestro distrito viven aproximadamente 32 mil jubilados y jubiladas

Que, como representantes de los vecinos de Hurlingham tenemos el deber de defender a nuestros jubilados y jubiladas;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN

 Art. 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham expresa su beneplácito por la aprobación de la nueva Ley de Movilidad Jubilatoria y su total repudio frente al anuncio de Presidente Milei en relación con el veto a dicha ley, en perjuicio de las y los jubilados de nuestro país y nuestra ciudad.

Art. 2°: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiocho días del mes de agosto de dos mil veinticuatro.

REGISTRADA BAJO EL N° 052/24.

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