Cde. Expte. Nº 18478/24 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Reconócese como deuda de ejercicios anteriores, en los términos del artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la totalidad de los créditos correspondientes a la Contratación Directa N° 283/2023, destinada a la ejecución de la obra de “Refacción General del Jardín de Infantes N° 920”, realizada en el marco del Programa PEED (Programa Especial de Emergencia Educativa).
Art. 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a imputar al Ejercicio 2024, los gastos que demanda la ejecución de la Obra de Refacción General del Jardín de Infantes N° 920 en el marco del Programa Especial de Emergencia Educativa (PEED).
Art. 3°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro.
REGISTRADA BAJO EL N° 9584.