Cde. Expte. N° 18515/25 H.C.D.
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia 179/2025 firmado por el Presidente de la Nación, Javier Milei, mediante el cual se autoriza un nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI); la Ley Nacional 27.613 que establece que cualquier acuerdo de financiamiento o crédito público con el FMI debe ser aprobado por el Congreso Nacional; y
CONSIDERANDO:
Que, en el mencionado DNU no se detallan aspectos esenciales del acuerdo, como el monto total, el cronograma de pagos, los intereses, ni las condiciones específicas del entendimiento alcanzado, a pesar de tratarse de una operación de crédito público de gran magnitud.
Que, el Presidente Javier Milei vuelve a incurrir en conductas antidemocráticas al emitir el Decreto 179/2025, dado que, conforme a lo establecido por la Ley Nacional 27.613, todos los acuerdos de financiamiento con el FMI deben ser sometidos a la aprobación del Congreso Nacional.
Que, este nuevo acuerdo con el FMI, según estimaciones de la consultora GMA Capital, tendría una valuación de mercado de aproximadamente US$ 23 mil millones, mientras que su valor nominal superaría los US$ 67 mil millones, lo que genera una diferencia considerable en el modo de contabilizar las letras, resultando en una pérdida patrimonial de $ 41,5 billones en los activos del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Que, este tipo de acuerdos, además de aumentar la deuda externa, incluye condiciones restrictivas y estructurales impuestas por el FMI, que podrían implicar mayores recortes en áreas sociales, ajustes fiscales, y políticas que afecten a los sectores más vulnerables de la sociedad argentina, lo que representa una carga económica insostenible para la mayoría de los ciudadanos.
Que, en el contexto actual, implica para nuestro país una devaluación que junto con los recortes que viene llevando adelante el gobierno nacional, significan un profundo deterioro en las condiciones de vida de la población.
Que, el acuerdo, al no haber sido discutido y aprobado por el Congreso, vulnera el principio democrático de representación popular, además de impedir el debate público y el control legislativo sobre las decisiones que impactan directamente en el futuro económico y social de la nación.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN
Art. 1°: El Concejo Deliberante de Hurlingham expresa su enérgico repudio al Decreto de Necesidad y Urgencia 179/2025 firmado por el Presidente de la Nación, Javier Milei, que autoriza un nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI), sin la debida discusión y aprobación por parte del Congreso Nacional.
Art. 2°: El Concejo Deliberante de Hurlingham manifiesta su preocupación por los efectos que este acuerdo podrá tener sobre la economía del país, particularmente sobre las finanzas públicas, la deuda externa y las condiciones de vida de los sectores más vulnerables, debido a los condicionamientos históricos impuestos por el FMI.
Art. 3°: Se solicita al Congreso Nacional de la Nación que rechace el DNU firmado por el Presidente y que convoque a un debate serio y responsable sobre el acuerdo alcanzado con el FMI, garantizando la transparencia y el respeto a la democracia representativa.
Art. 4°: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiséis días del mes de marzo de dos mil veinticinco.
REGISTRADA BAJO EL N° 004/25.