Cde. Expte. Nº 2418/98 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: Solicitar al D.E. que a través de los organismos competentes, estudie la factibilidad de realizar reductores de velocidad en la intersección de las calles Thevenin, y Recagno y Thevenin y Bocayuba del barrio de Villa Club. Se realiza dicha petición debido a las altas velocidades alcanzadas por los vehículos particulares y colectivos que circulan por la zona mencionada, la cual se encuentra en inmediaciones del Jardín de Infantes Nº 905 (ex 925), ocasionando graves inconvenientes para llegar, tanto a los alumnos del establecimiento como a los peatones habituales del lugar.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0155/98.