Cde. Expte. Nº 2632/98 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El D.E. a través de los organismos competentes procederá a la construcción de reductores de velocidad con la correspondiente marcación de pintura de los mismos, en las esquinas de las calles Gambaro y Pizzagalli, de la localidad de Villa Tesei.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0313/98.