Cde. Expte. Nº 2691/98 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El D.E. a través de los organismos competentes, procederá a la construcción de reductores de velocidad con la correspondiente marcación de pintura de los mismos, en las calles Epecuén y Pueyrredón y Thevenin y Epecuén del Barrio Villa Club.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintitrés días del mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0316/98.