Cde. Expte. Nº 2901/98 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El Departamento Ejecutivo, a través de los organismos competentes, verá la factibilidad de colocar reductores de velocidad en las calles que a continuación se detallan:
Gorriti entre Piovano y El Jagüel y entre Minoguye y Acoyte.
Gibraltar entre I. del Maestro y Bolivia, entre Piovano y El Jagüel y entre Minoguye y
Acoyte.
Granada entre Bolivia y Piovano y entre El Jagüel y Minoguye
El Jagüel entre Granada y Gibraltar y entre El Jagüel y Gorriti
Piovano entre Granada y Gibraltar
Bolivia entre Granada y Gibraltar.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0388/98.