Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 2722/98 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Autorízase a la Empresa TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., a la construcción y reconstrucción de ramal telefónico y construir cañería subterránea auxiliar en el Partido de Hurlingham, indicado en Proyecto 1248019-98, Plano Nº 20 Hoja 1 de 1 y Plano Nº 4 Hoja 1, fs. 5 y 6, según consta en el Expediente Nº 4133-98-2718. Siendo el monto total de la obra de Pesos Mil Setecientos Seis con 70/100 ($1.706,70).

Art. 2º: La Empresa deberá cumplimentar lo dispuesto en los Arts. 56 y 102 de la Ordenanza General Nº 165/73.

Art. 3º: La Empresa TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. deberá constituir previo al inicio de los trabajos, una Póliza de Accidente de Trabajo del personal involucrado y de Responsabilidad Civil que deberá tener validez desde la fecha del Acta de iniciación de las obras hasta la fecha del Acta de Recepción Provisoria.

Art. 4º: La Empresa TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. a través de un profesional responsable de los trabajos deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 5.920 en lo que respecta a Aportes Previsionales, y el visado del Colegio Profesional correspondiente.

Art. 5º: La ejecución de los trabajos deberá realizarse de acuerdo al Pliego de Bases y Especificaciones Técnicas para las obras de apertura de vía pública, que se encuentra a disposición de la Contratista en la Secretaría de Planeamiento Urbano, Obras y Servicios Públicos.

Art. 6º: La Empresa deberá adoptar los recaudos necesarios para que la ejecución de la obra no cause daños y/o perjuicios a terceros o al patrimonio Municipal, de cualquier índole que estos fueren, en cuyo caso la responsabilidad y reparación serán y estarán a cargo de la Empresa.

Art. 7º: La Municipalidad podrá disponer el retiro de las instalaciones cuando razones de interés general lo requieran, sin que ello implique cargo alguno para la Comuna.

Art. 8º: Para la ejecución de los trabajos se ha establecido un plazo de 5 (cinco) días corridos de acuerdo con lo indicado a foja 4 del expediente. Nº 4133-98-002718. A tal fin la empresa deberá comunicar a la Secretaria de Planeamiento Urbanos, Obras y Servicios Públicos con Cuarenta y Ocho (48) horas de anticipación la fecha de iniciación de los trabajos.

Art. 9º: La supervisión de los trabajos estará a cargo de la Dirección de Servicios Públicos, para lo cual la Contratista deberá proveer durante todo el plazo de obra, de una movilidad para realizar las inspecciones.

Art. 10º: Comuníquese al D.E

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0969.

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