Cde. Expte. Nº 3025/98 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Exímese al peticionante, Sr. Atilio Ayala, L.E. 4.112.789, del pago de la deuda por la tasa de Inspección de Seguridad e Higiene, Legajo Nº 81.965, correspondiente a los años 1995, 1996 y 1999 respectivamente.
Art. 2º: Por los años anteriores el D.E. otorgará al peticionante un amplio plan de facilidades de pago; asimismo, dará la baja de oficio del local en cuestión.
Art. 3º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.
REGISTRADA BAJO EL Nº 1002.