Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 3025/98 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Exímese al peticionante, Sr. Atilio Ayala, L.E. 4.112.789, del pago de la deuda por la tasa de Inspección de Seguridad e Higiene, Legajo Nº 81.965, correspondiente a los años 1995, 1996 y 1999 respectivamente.

Art. 2º: Por los años anteriores el D.E. otorgará al peticionante un amplio plan de facilidades de pago; asimismo, dará la baja de oficio del local en cuestión.

Art. 3º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diez días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.

REGISTRADA BAJO EL Nº 1002.

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