Cde. Expte. Nº 1829/97 H.C.D. y Adjs.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Exímese al Centro de Jubilados y Pensionados Unidos de Villa Club, del pago de la deuda por la tasa de Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida Nº 50366, correspondiente a los años 1995, 1996 y 1998 respectivamente.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los ocho días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve.
REGISTRADA BAJO EL Nº 1055.