Ordenanzas, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 1829/97 H.C.D. y Adjs.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art. 1º: Exímese al Centro de Jubilados y Pensionados “Unidos de Villa Club”, del pago de la deuda por la tasa de Servicios Generales, incluido multas y recargos, Partida Nº 50366, correspondiente a los años 1995, 1996 y 1998 respectivamente.

Art. 2º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los ocho días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve.

REGISTRADA BAJO EL Nº 1055.

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