EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El Presidente del Honorable Concejo Deliberante destinará los expedientes que se detallan a continuación a sus respectivas Comisiones para proceder a su análisis:
3460/99 H.C.D.
3691/99 H.C.D.
Art. 2º: Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintisiete días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve.
REGISTRADA BAJO EL Nº 0170/99.