Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. N° 4886/00 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1°: Deniégase la solicitud efectuada por la Sociedad de Fomento “18 de Julio” en virtud de lo informado a fs. 8 del Expte. N° 4886/00 H.C.D., (4133-00-2988 D.E.).

Art. 2°: Por Secretaría se informará al peticionante que este tipo de solicitudes deben ser tramitadas en el D.E., en virtud de que este H.C.D. no posee partidas para la atención de estos tipos de pedidos.

Art. 3°: Regístrese, comuníquese por Secretaría y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los ocho días del mes de septiembre de dos mil.

REGISTRADO BAJO EL Nº 0117/2000.

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