Decretos, Sanciones|

Cde. Expte. N° 1825/97 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

DECRETO

Art. 1º: Ratifícase la denegatoria dispuesta en el Decreto 009/2000 obrante a fs. 26 del Expte. N° 1825/97 H.C.D., (4133-97-3638 D.E.), en virtud de ser el título de propiedad un requisito ineludible para poder otorgarse la eximición solicitada a fs. 1 de estas actuaciones.

Art. 2º: Regístrese, comuníquese por Secretaría y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidos días del mes de septiembre de dos mil.

REGISTRADO BAJO EL Nº 125/2000.

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