Cde. Expte. N° 1825/97 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
DECRETO
Art. 1º: Ratifícase la denegatoria dispuesta en el Decreto 009/2000 obrante a fs. 26 del Expte. N° 1825/97 H.C.D., (4133-97-3638 D.E.), en virtud de ser el título de propiedad un requisito ineludible para poder otorgarse la eximición solicitada a fs. 1 de estas actuaciones.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese por Secretaría y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidos días del mes de septiembre de dos mil.
REGISTRADO BAJO EL Nº 125/2000.