Cde. Expte. N° 0776/96 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1°: Autorízase al D.E. a conceder habilitación comercial a favor de la Srta. Mónica Andrea Mora, D.N.I. 26.260.110, en la explotación del rubro Gomería, Balanceo y Venta de Neumáticos para vehículos livianos, en el local ubicado en la Av. Pte. Perón Nº 4887/89/91 de la Ciudad de Santos Tesei.
Art. 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior se otorga con carácter de excepción a las normas legales vigentes y según constancias obrantes en el Expte. N° 0776/96 H.C.D., (4133-96-5344 D.E.).
Art. 3º: La presente autorización está sujeta a que la peticionante dé cumplimiento a lo especificado por la Dirección de Habilitaciones – Área Industria – que obra a fs. 14 del mencionado expediente.
Art. 4º: La habilitación concedida por el artículo 1º, está condicionada al pertinente trámite y pago de los derechos correspondientes dentro de los 60 días de la notificación de la promulgación de la presente. Además deberá cumplir para su habilitación definitiva todo lo que dictaminen las leyes nacionales, provinciales y municipales que en esta materia rigen.
Art. 5º: Una vez promulgada la presente, el D.E. a través de los organismos competentes procederá a notificar a la peticionante de tal circunstancia, en los términos del Capítulo X de la Ordenanza 11.654.
Art. 6º: Derógase la Ordenanza Nº 1248.
Art. 7º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los trece días del mes de octubre de dos mil.
REGISTRADA BAJO EL Nº 1654.