Cde. Expte. Nº 3414/99 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: Gírase al D.E., el Expte. Nº 3414/99 H.C.D., (4133-99-3350 D.E.), para que a través de los organismos competentes procedan a informar sobre los siguientes puntos:
-Punto E del informe obrante a fs. 10, de la Dirección de Habilitaciones, (Dpto. Industria): Deberá ampliar el mismo, indicando los motivos por los cuales el Expte. Nº 4133-96-6604 D.E., estuvo 3 (tres) años en distintas dependencias Municipales sin ninguna definición al respecto.
Además, informará por qué en todos estos años ninguna de las dependencias involucradas informó al solicitante que la actividad a desarrollar no estaba reglamentada en el Código de Ordenamiento Urbano.
– La Dirección de Tributos sobre Industria y Comercio, deberá adjuntar a estas actuaciones, las constancias de aviso acerca de la documentación que debía acreditar el peticionante, según informe obrante a fs. 14 del presente.
Cumplido, vuelvan estas actuaciones a este H. Cuerpo.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los catorce días del mes de abril de dos mil.
REGISTRADA BAJO EL N° 002/2000.