Resoluciones, Sanciones|

Cde. Expte. Nº 4477/00 H.C.D.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Art. 1º: El D.E. a través de los organismos competentes, procederá a realizar un relevamiento de agencias de ventas de automotores, sean locales, casas particulares o playas, en Av. Vergara desde el Puente Gaona hasta el cruce Julio A. Roca, estación Ejercito de los Andes, de la ciudad de Hurlingham.

Art. 2º: Si tienen habilitación, fotocopia de la misma.

Art. 3º: De no tener habilitación, fotocopia de la cédula de intimación de habilitación.

Art. 4º: Fotocopias del relevamiento serán giradas a la Comisión de Tránsito, Transporte de Carga y Pasajeros en calidad de urgencia.

Art. 5º: Notificar que deberán no exhibir en la vía pública (vereda) los automotores, los cuales serán infraccionados.

Art. 6º: Comuníquese al D.E.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintiocho días del mes de abril de dos mil.

REGISTRADA BAJO EL Nº 0155/2000.

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