Cde. Expte. Nº 5210/00 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: El D.E., a través de los organismos competentes, verificará en los juegos para niños denominados “Peloteros”, instalados en lugares de esparcimiento y expendio de comida, el cumplimiento de estrictas condiciones de higiene, asepsia generalizada y desinfección, como así también el debido control antiplagas.
Art. 2º: El procedimiento que se indica en el artículo precedente, se cumplimentará con una amplia información a los propietarios de dichos juegos y al público en general del control de las condiciones apuntadas para la prevención de posibles contaminaciones.
Art. 3º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los ocho días del mes de septiembre de dos mil.
REGISTRADA BAJO EL Nº 489/2000.