Cde. Expte. Nº 1583/97 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
Art. 1º: Gírase al D.E. el Expte. Nº 1583/97 H.C.D.,(4133-99-2747 D.E.), para que, a través de los organismos competentes, proceda a informar a la peticionante acerca de los beneficios que otorga la habilitación provisoria, creada especialmente para este tipo de negocios. Cumplido, vuelva a este H. Cuerpo.
Art. 2º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintidós días del mes de diciembre de dos mil.
REGISTRADA BAJO EL Nº 686/2000.