Cde. Expte. Nº 1407/97 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
DECRETO
Art. 1°: Deniégase la solicitud efectuada por la firma Brolite S.A., tramitada a fs. 1 del Expte. N° 1407/97 H.C.D., (4133-96-6662 D.E.), según informe obrante a fs. 46 vlta. de las presentes actuaciones.
Art. 2°: El D.E. deberá constatar que en el lugar no se este realizando actividad alguna. En caso de desarrollarse algún tipo de actividad, procederá de acuerdo a lo establecido por las leyes que reglamenten estas infracciones.
Art. 3°: Comuníquese al D.E. en los términos de la Ordenanza 1761.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los once días del mes de junio de dos mil uno.
REGISTRADO BAJO EL Nº 31/2001.