Cde. Expte. Nº 5972/01 H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º: Autorízase al D.E., para que a través de los organismos competentes, reconsidere los convenios de pago suscriptos por los contribuyentes en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 1368 y que a la fecha de la promulgación de la presente se hallasen en mora.
Art. 2º: A tal efecto el D.E., recalculará la deuda a la fecha de solicitud de reconsideración, descontará las cuotas abonadas, y aplicará luego el sistema previsto en la ordenanza citada.
Art. 3º: Comuníquese al D.E.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Hurlingham, a los veintisiete días del mes de abril de dos mil uno.
REGISTRADA BAJO EL Nº 1899.